ANDA propuso aumento de tarifas al agua potable.

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La empresa estatal de agua ha propuesto a la Asamblea Legislativa disposiciones que aumentan la tarifa mínima por el servicio de agua en zonas residenciales y en  establecimientos comerciales. Dictamen no fue parte de la agenda de la sesión plenaria de este martes.

La Administradora Nacional de Acueductos y Alcantarillado (ANDA ) ha propuesto a la Asamblea Legislativa la aprobación de la “Ley transitoria para la condonación de intereses moratorios y recargos por incumplimiento del pago por deudas provenientes del servicio de agua potable y alcantarillado prestado por ANDA”, la cual implica algunos aumentos en las tarifas mínimas que pagan ciertos clientes de la institución por servicios residenciales y en establecimientos comercial.

El Art. 21 de la propuesta indica: “los servicios residenciales comprendidos en los sectores de alta plusvalía y zonas con abastecimiento regular, se les fijará una tarifa mínima de: $7.05 comprendida de 0 a 21 mts 3, mientras que las zonas irregulares se les fijará una tarifa de $3.25, todo consumo que sobrepase este mínimo será cobrado tal cual lo establece el pliego tarifario vigente, esta medida se aplicará hasta por un periodo de diez años sujeto a evaluación o modificación dentro de su vigencia. Para la zonas irregulares se aplicará una tarifa”

Mientras que el Art. 22 señala “Todos los servicios comerciales comprendidos, se les fijará una tarifa mínima de: $14.00 comprendida de 0 a 10 mts3, todo consumo que sobrepase este mínimo será cobrado tal cual lo establece el pliego tarifario vigente, esta medida se aplicará hasta por un periodo de diez años sujeto a evaluación o modificación dentro de su vigencia”

La tarifa vigente, según el portal de transparencia de la ANDA, data de 2015 y en esta se establece que el cobro mínimo por servicio de acueducto es de $2.29, sin distinción de sobre la regularidad del servicio ni la plusvalía de la vivienda. La tarifa mínima en el sector comercial es de $3.76. La institución no ha explicado aún cómo se determinará qué zonas residenciales calificarán para cada categoría.

Para poder optar a las tarifas fijas y mínimas será necesaria su inmediata incorporación al pliego tarifario vigente y que se realice el reordenamiento general de este en todos sus articulados para que puedan tener plena validez y vigencia de plazos.

La ley también contiene condiciones especiales que permitirían eliminar los saldos pendientes y los intereses e incumplimientos que tengan los propietarios de casas recuperadas en zonas que eran consideradas de alto riesgo, según dijo el lunes el presidente de ANDA en la comisión de Hacienda.

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