Ser vecino, conocer, hacerle viajes en un pick up o haber tenido algún contacto con Hugo Osorio fueron pruebas suficientes para que una jueza condenara a seis personas que el expolicía señaló de ser responsables del crimen de 10 de 14 víctimas halladas en mayo de 2021 en la fosa clandestina que él mismo cavó en el patio de su vivienda en Chalchuapa, Santa Ana.
Estas condenas se conocieron el 6 de octubre de 2023 y son el resultado de la repetición del juicio a pedido de la Fiscalía, debido a que cuatro meses antes otra jueza los había absuelto por falta de pruebas y por considerar que las muertes ocurrieron a manos de una misma persona con un mismo patrón: golpes en la cabeza con un hierro. El caso actualmente se encuentra en apelación a la espera de que la Cámara Especializada dé una nueva respuesta.
La declaración en juicio de uno de los peritos de Medicina Legal, sobre los exámenes realizados a los restos óseos de las víctimas, confirmó que 9 de 10 cuerpos tenían lesiones en el cráneo. Sobre el resto la muerte era indeterminada, pero, “por la forma en la cual se encuentran los golpes puede tratarse de trauma de cráneo”, indicó el perito. Esa primera jueza dedujo que el agresor sabía dónde golpear para provocar la muerte.
Los golpes en la cabeza por objeto contundente también fueron revelados en las autopsias de Mirna y Jackeline, dos mujeres a quienes Hugo asesinó la noche del viernes 7 de mayo de 2021 y que se suman a las 14 víctimas, horas antes de que las autoridades descubrieran que su casa era un cementerio clandestino. Esos fueron los únicos delitos por los que el expolicía fue procesado y condenado a 70 años de cárcel, el 10 de junio de 2022.
En algunos casos los indicios contra los supuestos cómplices del expolicía eran mínimos y la versión de los hechos que él mismo dio a las autoridades estaba llena de contradicciones. Aun así seis de los acusados fueron condenados.
Los tres imputados restantes fueron absueltos también en el segundo juicio. En dos de los casos por los que los imputados fueron condenados, la jueza consignó que las pruebas señalaban a Hugo como la persona que conocía a las víctimas, quien las había contactado el día de los hechos y quien se había comunicado con ellas por última vez. Además, los cadáveres estaban enterrados en su casa.
En otro de los casos, el expediente judicial consigna que Hugo frecuentaba a la víctima en su lugar de trabajo, le ofreció empleo, le pidió su número para contactarla, le habló por teléfono el día de los hechos, la fue a recoger a un lugar acordado, la llevó a su casa donde ella posteriormente fue asesinada y convenció a la Fiscalía que fue otra persona quien la mató y él solo ayudó a enterrarla en la fosa.
La jueza que los condenó reconoció que “si bien no se puede negar las diversas contradicciones de la información plasmada en las actas de entrevistas rendidas por el testigo criteriado Hugo, la prueba relevante sujeta a análisis es la propia declaración del testigo rendida en juicio”.
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