Nuevo decreto permite condenar sin pruebas a ciudadanos inocentes

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Las recientes disposiciones impulsadas por el gobierno y aprobadas por Nuevas Ideas en la Asamblea Legislativa permitirán que cualquier ciudadano detenido bajo el régimen de excepción corra el riesgo de ser ligado a una pandilla y ser condenado sin pruebas en juicios masivos, advirtieron abogados y defensores de los derechos humanos.

“Condenarán a miles de inocentes en grupos de hasta más 100 personas sin pruebas, a quienes etiquetarán como miembros de una clica (mara) sin derecho ni siquiera a ser individualizados, mucho menos a que se defiendan”, ilustró en redes la abogada Lucrecia Landaverde.

El Ministerio de Justicia y Seguridad reportó 71,976 detenidos bajo el régimen de excepción. Recientemente tuvo que admitir que 5,000 de los capturados fueron liberados tiempo después por no comprobarse que cometieron delito.

Pero ahora, con las “disposiciones transitorias especiales para ordenar el procesamiento de imputados detenidos en el marco del régimen de excepción”, el riesgo es que los inocentes no puedan salir y sean condenados, porque la Fiscalía no estará obligada a probar la culpabilidad.

El pasado martes, el ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro, sostuvo que con las nuevas disposiciones: “Estamos hablando de causas de arriba de los 900 imputados por clica o cancha”.

“Parece que poco importarán las pruebas, van directo a sentencia condenatoria. Y no defiendo a ningún pandillero, sino a las personas que han sido detenidas injustamente”, expresó la abogada Ericka Saldaña en redes sociales.

Para entidades internacionales, las medidas representan una desnaturalización e instrumentalización del proceso penal en El Salvador. “La posibilidad de seguir adelante con juicios colectivos en las siguientes etapas del proceso penal constituye un continuum de violación de los derechos a la defensa, un juicio justo y la presunción de inocencia, derechos que han sido flagrantemente vulnerados desde abril de 2022”, expresó Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional. Agregó que, de acuerdo con los estándares internacionales, el desarrollo de juicios colectivos obstaculiza gravemente el debido proceso.

“No se puede negar de que sí hay gente sí vinculada a las pandillas, pero hay mucha gente en la cual no existen mayores elementos para probar que pertenecen a una estructura pandilleril, lo que podría llegar a provocar la condena masiva de personas inocentes”, dijo Otto Flores, abogado de Socorro Jurídico Humanitario.

Incapacidad para probar delitos

Organizaciones de derechos humanos coinciden que se realizarían procesos sin una investigación. “Lo que denota es la incapacidad que ha tenido la Fiscalía, a más de un año del régimen, de individualizar cada caso y mostrar evidencia sobre la participación de cada implicado”, dijo Abraham Ábrego, director de litigio estratégico de la organización Cristosal.

Verónica Reyna, directora de Derechos Humanos del Servicio Social Pasionista (SSPAS), considera que las reformas pueden generar violaciones masivas de derechos humanos. “Es peligroso porque al final se van a condenar a miles de personas sin pruebas y sin ninguna posibilidad de defensa”, expresó.

Opinión similar expresan otros profesionales del derecho. “Al hacer una investigación superficial y sin mayores controles de calidad, obviamente las posibilidades de que una persona inocente pueda ser afectada por el proceso penal o la justicia penal se incrementan”, consideró Edgardo Amaya, consultor en Justicia Penal, seguridad y derechos humanos.

“Una regla del proceso penal es que no se pueda condenar sin pruebas. Entonces es totalmente imposible para un juez resolver una vista pública con 900 imputados, es totalmente fuera de lo inimaginable, de lo razonable”, dijo un abogado que pidió el anonimato.

“Como no hay capacidad para individualizar (determinar responsabilidades por cada caso) como manda el derecho penal de un país democrático, entonces deciden procesarlos en grupo que equivale a los atarrayazos de las capturas masivas”, valoró Omar Serrano, vicerrector de Proyección Social de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA).

Las disposiciones “transitorias” dan un plazo de 24 meses a la Fiscalía para realizar dicho procedimiento. Añade que, de no cumplir con el proceso en dicho plazo “o si el fiscal no se pronuncia respecto a la determinación de la agrupación ilícita a la que pertenece un imputado”, el juez “sin más trámite” dictará el sobreseimiento definitivo (liberación de cargos) y dejará sin efecto cualquier restricción.

Sonia Rubio, de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF), señala que la detención provisional que tienen los detenidos se convierte en una pena anticipada. “Con este cambio se está violando frontalmente el principio de inocencia de miles de personas detenidas en este contexto, porque van a pasar meses y meses y meses privadas de libertad sin que se les haya demostrado su participación y su culpabilidad en un proceso”, dijo.

vía: elsalvador.com

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